martes, 12 de agosto de 2025

Se puede revertir la diabetes?

 Se puede revertir la diabetes?

A continuación, te presento una guía completa para diabéticos que abarca aspectos como la alimentación, el ejercicio, la medicación y el monitoreo de la glucosa en sangre.



*Introducción*


La diabetes es una enfermedad crónica que afecta a millones de personas en todo el mundo. La diabetes se caracteriza por niveles elevados de glucosa en sangre, lo que puede causar daños a los órganos y tejidos del cuerpo. Sin embargo, con un manejo adecuado, es posible controlar la diabetes y prevenir complicaciones.


*Alimentación*





La alimentación es un aspecto fundamental en el manejo de la diabetes. A continuación, te presento algunos consejos para una alimentación saludable:


1. *Comer alimentos integrales:* Alimentos integrales como frutas, verduras, granos enteros y proteínas magras son ricos en nutrientes y fibra.

2. *Evitar alimentos procesados:* Alimentos procesados y ricos en azúcares y grasas pueden aumentar los niveles de glucosa en sangre.

3. *Controlar las porciones:* Controlar las porciones de alimentos puede ayudar a mantener los niveles de glucosa en sangre bajo control.

4. *Incluir alimentos ricos en fibra:* Alimentos ricos en fibra como frutas, verduras y granos enteros pueden ayudar a reducir los niveles de glucosa en sangre.


*Ejercicio*



El ejercicio regular es importante para mantener la salud y controlar la diabetes. A continuación, te presento algunos consejos para incorporar el ejercicio en tu rutina:


1. *Realizar ejercicio aeróbico:* El ejercicio aeróbico como caminar, correr o nadar puede ayudar a reducir los niveles de glucosa en sangre.

2. *Incluir ejercicio de fuerza:* El ejercicio de fuerza puede ayudar a mejorar la sensibilidad a la insulina y reducir los niveles de glucosa en sangre.

3. *Realizar ejercicio regularmente:* Realizar ejercicio regularmente puede ayudar a mantener los niveles de glucosa en sangre bajo control.


*Medicación*



La medicación es un aspecto importante en el manejo de la diabetes. A continuación, te presento algunos consejos para tomar la medicación de manera efectiva:


1. *Tomar la medicación según las indicaciones:* Tomar la medicación según las indicaciones del médico puede ayudar a controlar los niveles de glucosa en sangre.

2. *No omitir dosis:* No omitir dosis de medicación puede ayudar a mantener los niveles de glucosa en sangre bajo control.

3. *Consultar con el médico:* Consultar con el médico regularmente puede ayudar a ajustar la medicación según sea necesario.


*Monitoreo de la glucosa en sangre*



El monitoreo de la glucosa en sangre es fundamental para controlar la diabetes. A continuación, te presento algunos consejos para monitorear la glucosa en sangre de manera efectiva:


1. *Medir la glucosa en sangre regularmente:* Medir la glucosa en sangre regularmente puede ayudar a identificar patrones y ajustar la medicación y la alimentación según sea necesario.

2. *Utilizar un medidor de glucosa en sangre:* Utilizar un medidor de glucosa en sangre puede ayudar a obtener lecturas precisas y ajustar la medicación y la alimentación según sea necesario.

3. *Registrar los resultados:* Registrar los resultados de las mediciones de glucosa en sangre puede ayudar a identificar patrones y ajustar la medicación y la alimentación según sea necesario.


*Conclusión*


La diabetes es una enfermedad crónica que requiere un manejo adecuado para prevenir complicaciones. La alimentación, el ejercicio, la medicación y el monitoreo de la glucosa en sangre son aspectos fundamentales en el manejo de la diabetes. Al seguir estos consejos y consultar con un médico regularmente, es posible controlar la diabetes y mantener una buena salud.


Por: Francisco Guzman Tiburcio

lunes, 8 de octubre de 2018

Requisitos para la juramentación de abogado en República Dominicana


  1. Fotocopia del Decreto que otorga exequátur para el ejercicio de la abogacía.
  2. Dos fotografías 2 x 2.
  3. Certificado de vida y costumbre expedido por la Secretaría de Estado de Interior y Policía y si usted es de un pueblo en la Gobernación.
  4. Certificado de no delincuencia expedido por la Procuraduría Fiscal correspondiente.
  5. Recibo de pago ley 33-91 por un valor de RD$ 10.00 de la Dirección General de Impuestos Internos.
  6. Fotocopia de la Cédula de Identidad y Electoral.
  7. Fotocopia del Título otorgado por la Universidad.
  8. Llenar el formulario con sus datos y traer su instancia (original y 2 copias) dirigida al Presidente y demás jueces que integran la Suprema Corte de Justicia, solicitando audiencia para juramentarse como Abogado(a).

Como crear una ONG o fundación sin fines de lucro



Para la obtención del Registro de la Incorporación de una Asociación sin Fines de Lucro deberá someterse a la Procuraduría General de la República para el Departamento Judicial de Santo Domingo o la Procuraduría General de la Corte de Apelación del Departamento correspondiente, si es del interior, mediante solicitud formulada por el/la Presidente/a de dicha asociación, la siguiente documentación:
a. Acta de la Asamblea Constitutiva,
b. Estatutos,
c. Relación de la membrecía con los datos generales (nombres, nacionalidad, profesión, estado civil, número de la Cédula de Identidad y Electoral o pasaporte y dirección domiciliaria),
d. Misión y objetivos de la constitución,
e. Área geográfica donde realizará sus Labores,
f. Domicilio principal de la institución.
g. Una certificación de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, Departamento de Nombres Comerciales y Marcas de Fábrica, autorizando el uso del nombre.
Los Estatutos de la Asociación sin Fines de Lucro establecerán lo siguiente:
a. Nombre,
b. Domicilio social,
c. Misión y objetivos,
d. Órganos de dirección,
e. Requisitos de membrecía, y pérdida de la condición de asociado o asociada,
f. Derechos y deberes de los asociados y asociadas,
g. Condiciones y procedimientos para convocar una Asamblea de Asociados y asociadas y reglamentación correspondiente,
h. Requisitos que deben cumplirse para modificar los estatutos o para determinar la causa de la disolución de la Asociación sin Fines de Lucro.
i. Que el director/a, administrador/a o presidente/a, tiene capacidad para solicitar la incorporación.
j. Que se establece el quórum reglamentario para las sesiones tanto de las Asambleas Generales como de la Directiva y el número de personas socias que en cada caso, forman la mayoría para decidir.
k. Designación oficial del funcionario o funcionaria autorizado/a para representar a Asociación en justicia y para firmar a nombre de la asociación toda clase de contratos.
l. El plazo de duración de la Asociación o indicación de que es por tiempo indefinido.
m. Las normativas estatutarias para regular la igualdad de derechos entre miembros y miembras, sin distinción de sexo o edad.
n. Duración de los mandatos o puestos electivos, renovación, repostulación o reelección de los/as directivos/as.
o. Normas que promuevan la democracia participativa, el uso adecuado y transparente de los recursos por parte de los/las directivos y directivas.
La Procuraduría General de la República o la Procuraduría General de la Corte de Apelación deberá decidir dentro de los sesenta (60) días siguientes a la solicitud, si dentro de este plazo no se recibe ninguna contestación, los interesados pondrán en mora el/a Procurador/a General de la República o de la Corte de Apelación para que en el plazo de quince (15) días dicte el Registro de Incorporación, y si no lo hace se tendrá por registrada la Asociación sin Fines de Lucro y se podrá proceder al cumplimiento de las medidas de publicidad.
El Registro de Incorporación no surtirá efecto y la asociación no será considerada como una persona jurídica, sino después de cumplir con los requisitos de publicidad en el término de un (1) mes de la expedición del Registro de Incorporación. A estos fines la Procuraduría General de la República o la Procuraduría General de la Corte de Apelación del Departamento correspondiente entregará a las personas interesadas las copias certificadas del Registro de Incorporación necesarias para hacer los correspondientes depósitos en las Secretarías de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia y del Juzgado de Paz de su jurisdicción, junto con el Registro de Incorporación será depositado un ejemplar de los estatutos y demás documentos constitutivos de la Asociación.
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